Relatoría
Consulte las providencias emitidas por las salas del tribunal, con acceso directo al contenido completo y archivo original.
152
Providencias publicadas
El Tribunal concluyó que el demandante no acreditó una situación de discapacidad en los términos exigidos por la jurisprudencia reciente de la Corte Suprema de Justicia, pues no demostró la existencia de barreras laborales, restricciones funcionales ni recomendaciones médicas conocidas por el empleador. Asimismo, encontró que la terminación del contrato obedeció a una renuncia voluntaria motivada por razones personales y no a un despido ni a una conducta atribuible al empleador. Por ello, confirmó la absolución de la demandada y negó las pretensiones de reintegro e indemnización.
El Tribunal concluyó que la demandante acreditó una pérdida de capacidad laboral superior al 50%, requisito necesario para acceder a la pensión de invalidez. Consideró que el dictamen rendido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Risaralda omitió valorar adecuadamente las secuelas del síndrome del túnel carpiano izquierdo y que la fecha de estructuración debía fijarse el 23 de febrero de 2023, conforme a la evolución clínica acreditada. En consecuencia, modificó el retroactivo pensional y confirmó las demás determinaciones adoptadas en primera instancia.