Relatoría
Consulte las providencias emitidas por las salas del tribunal, con acceso directo al contenido completo y archivo original.
160
Providencias publicadas
La pretensión de la recurrente supone conferir fuerza vinculante a una negociación preliminar que los propios contratantes decidieron no consolidar. Admitir semejante planteamiento no solo desdibujaría la autonomía privada y la libertad negocial que informan la contratación entre particulares, sino que introduciría un factor de incertidumbre acerca de la verdadera voluntad de quienes, pudiendo contratar, optaron libremente por no hacerlo y continuar la negociación bajo derroteros distintos. Precisamente para evitar ese resultado el ordenamiento exige coherencia entre la conducta negocial desplegada y la posición que posteriormente se asume en juicio.
El Tribunal concluyó que los doce pagarés aportados como fundamento del proceso ejecutivo carecían de una forma de vencimiento jurídicamente identificable, requisito esencial exigido por la legislación mercantil para reconocer mérito ejecutivo. Verificó que los espacios destinados a la fecha de vencimiento permanecían en blanco y que ninguna de las modalidades legales de vencimiento podía inferirse de su contenido. En consecuencia, determinó que los títulos no eran exigibles ni aptos para sustentar la ejecución, revocó el mandamiento de pago y ordenó la terminación del proceso.