Resumen de la providencia
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Acerca de esta providencia
De acuerdo al análisis de las declaraciones efectuadas por la perito, la Sala concluye que el dictamen emitido por la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo, en cuanto a la fecha de estructuración de la PCL del demandante, cuenta con un criterio técnico más riguroso basado en evidencia clínica, (sobre el informe emitido por la Dependencia Técnica de Calificación de los Eventos de Salud del Centro Diabetológico del Valle Ltda -CEDIVA Ltda)
Radicación: 760013105005202100205-01
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