(602) 8980800
Calle 12 # 4-43, Plaza de Cayzedo
Lun-Vie: 8:00 am - 5:00 pm
Mapa del sitio
Relatoria

Rad. 760013103011202200151-01

Responsabilidad Civil Extracontractual / Daño Moral / Redes Sociales / Buen Nombre / Retractación

Se tiene comprobación de un detrimento de orden inmaterial para el demandante, no para su núcleo familiar tal como se acaba de indicar, en tanto que, si hubo un daño de ese calado le fue asestado al agente de tránsito al ser el objeto del video subido a redes sociales por la demandada, sin que pueda enlazarse a dicha situación en forma directa a los restantes miembros de la familia. Por tal razón no hay lugar a extender la condena por daño moral a la esposa, a los padres y a las hijas del demandante

HERNANDO RODRÍGUEZ MESA19 de mayo de 2026

Se tiene comprobación de un detrimento de orden inmaterial para el demandante, no para su núcleo familiar tal como se acaba de indicar, en tanto que, si hubo un daño de ese calado le fue asestado al agente de tránsito al ser el objeto del video subido a redes sociales por la demandada, sin que pueda enlazarse a dicha situación en forma directa a los restantes miembros de la familia. Por tal razón no hay lugar a extender la condena por daño moral a la esposa, a los padres y a las hijas del demandante

El contenido completo de esta providencia no está disponible en formato digital.