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Relatoria

Rad. 760013103014201600172-01

Reivindicatorio De Dominio / Prescripción Extraordinaria Adquisitiva De Dominio / Suma De Posesiones / Falta De Título De Causahabiencia

No resulta procedente pretender sumar una posesión inexistente y carente de los elementos esenciales de la misma, y aún de llegar a sostenerse que el señor Vélez coadministró los inmuebles junto a la propietaria, como lo sugiere la parte reconviniente, su actuación no sería la de un poseedor exclusivo, sino la de un coposeedor, lo que, conforme a la doctrina y la jurisprudencia, no habilita la configuración de una posesión autónoma ni susceptible de ser transmitida por causa de muerte. En consecuencia, los actos desplegados por el señor Vélez deben considerarse como expresión de una mera tenencia o tolerancia, sin idoneidad para producir efectos jurídicos prescriptivos.

JOSÉ DAVID CORREDOR ESPITIA2 de abril de 2025

No resulta procedente pretender sumar una posesión inexistente y carente de los elementos esenciales de la misma, y aún de llegar a sostenerse que el señor Vélez coadministró los inmuebles junto a la propietaria, como lo sugiere la parte reconviniente, su actuación no sería la de un poseedor exclusivo, sino la de un coposeedor, lo que, conforme a la doctrina y la jurisprudencia, no habilita la configuración de una posesión autónoma ni susceptible de ser transmitida por causa de muerte. En consecuencia, los actos desplegados por el señor Vélez deben considerarse como expresión de una mera tenencia o tolerancia, sin idoneidad para producir efectos jurídicos prescriptivos.

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