La acción de tutela se establece como un mecanismo preferente, sumario y residual para la protección de los derechos constitucionales fundamentales, cuando éstos sean efectivamente vulnerados o amenazados (…) siempre que no exista otro medio judicial para su defensa, o que existiendo éste sea ineficaz o se quiera evitar la ocurrencia inminente de un perjuicio irremediable. En el presente asunto, se advierte que la actora fue desvinculada del cargo que desempeñaba en provisionalidad (…) con ocasión del concurso de méritos adelantado por la entidad accionada.
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