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Relatoria

Rad. 760016000193202430410

Auto De Pruebas / Exclusión Probatoria / Prueba Documental / Fotografía / Derecho A La Intimidad / Autenticidad De La Prueba / Sana Crítica / Proceso Penal Acusatorio.

La utilización de un elemento gráfico dentro del juicio oral no puede equipararse, sin más, a la difusión o exposición indebida de la imagen.

ANA JULIETA ARGUELLES DARAVIÑA17 de febrero de 20261 min de lectura

La utilización de un elemento gráfico dentro del juicio oral no puede equipararse, sin más, a la difusión o exposición indebida de la imagen.

La sola circunstancia de que el procesado aparezca desnudo en la fotografía y de que no haya otorgado consentimiento para su captación no permite concluir, sin más, que su utilización como prueba sea ilegal o constitucionalmente inadmisible.