No ofrece discusión la existencia de la orden médica para la práctica de una ‘mamoplastia de reducción bilateral’, debidamente soportada en la orden de servicios de cirugía (…) No obstante, dicho procedimiento fue sometido a la consideración del Comité de Procedimientos y Medicamentos (…) que, si bien convalidó la pertinencia de la intervención quirúrgica, dispuso su suspensión temporal.
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