No queda duda que, el menor Luis Camilo Montaño Castillo, probó que ciertamente su abuelo biológico era más que eso, fue su padre de crianza y a su vez, éste fue su hijo en calidad de crianza, por lo que, los argumentos del fondo apelante no son de recibo para este Colegiado, pues no se puede desconocer la evolución que ha tenido la jurisprudencia sobre esta realidad de vida, y en ese sentido, los jueces estamos en el deber de interpretar cada caso en concreto, no sólo con las normas, sino conjuntamente con la verdad y las vicisitudes que afronta la institución de la familia que cada vez evoluciona y se presenta con abanico de diferencias, a las cuales, se debe dar igualdad y así brindar al usuario justicia real.
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