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Relatoria

Rad. 760013110003202500183-01

Indignidad Sucesoral / Admisión De La Demanda / Causales Taxativas De Inadmisión Y Rechazo

En suma, no había lugar a rechazar la demanda como lo hizo la primera instancia, razón por la que se revocará el auto impugnado y en su lugar, se procederá a resolver sobre la admisión, por reunir los requisitos de ley.

MARIA ANDREA ARANGO ECHEVERRI11 de noviembre de 2025

En suma, no había lugar a rechazar la demanda como lo hizo la primera instancia, razón por la que se revocará el auto impugnado y en su lugar, se procederá a resolver sobre la admisión, por reunir los requisitos de ley.

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