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Relatoria

Rad. 760013110013202500353-01

Acción De Tutela / Seguridad Social Y Derecho Al Trabajo / Afiliación Al Sistema Pensional Posterior A Devolución De Saldos

La negativa de Colpensiones de afiliar al accionante al sistema pensional, por haber recibido devolución de saldos, vulnera sus derechos fundamentales a la seguridad social y al trabajo, pues la jurisprudencia admite la posibilidad de seguir cotizando después de dicha devolución para acceder a pensión o cubrir contingencias. La afiliación es requisito indispensable para la contratación laboral, por lo que impedirla afecta gravemente derechos constitucionales.

ÓSCAR FABIÁN COMBARIZA CAMARGO15 de septiembre de 2025

La negativa de Colpensiones de afiliar al accionante al sistema pensional, por haber recibido devolución de saldos, vulnera sus derechos fundamentales a la seguridad social y al trabajo, pues la jurisprudencia admite la posibilidad de seguir cotizando después de dicha devolución para acceder a pensión o cubrir contingencias. La afiliación es requisito indispensable para la contratación laboral, por lo que impedirla afecta gravemente derechos constitucionales.

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