El Tribunal concluyó que sí se acreditó la interversión del título y la posesión exclusiva del antecesor, así como la continuidad posesoria con el demandante. Determinó que la suma de posesiones permitió cumplir el término legal exigido para la prescripción extraordinaria. En consecuencia, revocó la decisión de primera instancia y declaró la pertenencia del inmueble a favor del demandante, reconociendo la adquisición del dominio por usucapión.
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