El Tribunal confirmó la responsabilidad civil atribuida al propietario de la volqueta al concluir que la causa eficiente del accidente fue la maniobra de giro realizada sin las precauciones debidas por el conductor del vehículo pesado. Consideró no acreditada la culpa exclusiva ni concurrente de la ciclista fallecida. Asimismo, ratificó la absolución de la aseguradora al verificar la eficacia de la cláusula de exclusión contractual y comprobar que el conductor portaba licencia categoría C1, insuficiente para conducir una volqueta, supuesto expresamente excluido de la cobertura del seguro.
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