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Relatoria

Rad. 760011600000202600022-00

Conflicto De Competencia / Jurisdicción Civil / Jurisdicción Laboral / Contrato De Agencia Mercantil / Corretaje / Medicina Prepagada / Comisiones / Principio De Primacía De La Realidad

Esa petición esa fundamentada ante la consideración que hace la parte actora, sobre el hecho de que el señor Walter González Rivera (q.e.p.d.) suscribió “un contrato para la intermediación y comercialización de programas de medicina prepagada”. (hecho cuarto de la demanda), que, según el clausulado de ese contrato, “la esencia correspondía a un contrato de corretaje”, el cual determina que se hace de conformidad en el artículo 1340 del Código de Comercio (hecho quinto de la demanda); pero que en realidad existió “un contrato de agencia mercantil” (hecho décimo primero de la demanda).

ELSY ALCIRA SEGURA DIAZ12 de marzo de 2026

Esa petición esa fundamentada ante la consideración que hace la parte actora, sobre el hecho de que el señor Walter González Rivera (q.e.p.d.) suscribió “un contrato para la intermediación y comercialización de programas de medicina prepagada”. (hecho cuarto de la demanda), que, según el clausulado de ese contrato, “la esencia correspondía a un contrato de corretaje”, el cual determina que se hace de conformidad en el artículo 1340 del Código de Comercio (hecho quinto de la demanda); pero que en realidad existió “un contrato de agencia mercantil” (hecho décimo primero de la demanda).

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