La Sala Mixta del Tribunal Superior de Cali concluyó que la demanda promovida por Liliana Marcela García Giraldo tiene por objeto la declaración de simulación relativa de actos jurídicos relacionados con establecimientos de comercio y no una acción de ocultamiento de bienes de la sociedad conyugal. Por tratarse de una controversia vinculada a la eficacia de negocios jurídicos y a una acción declarativa de naturaleza civil, determinó que la competencia corresponde a la jurisdicción civil y atribuyó el conocimiento del asunto al Juzgado Veinticuatro Civil Municipal de Cali.
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