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Relatoria

Rad. 760011600000202400069-

Auto/competencia / Acción De Tutela Anif + S.v.

La competencia para conocer de la acción de tutela impetrada en contra de la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI-, radica en cabeza de la Sala Civil de este Tribunal, al tenerse que vincular, entre otros, al Juzgado Civil del Circuito de Cali, por ser el Despacho Judicial ante el cual se adelantó el proceso de expropiación y definición de la titularidad del inmueble que se cuestiona, de ahí que la Sala Laboral haya resuelto decretar la nulidad de lo actuado, a partir, inclusive, del Auto a través del cual el Juez Laboral de Conocimiento admitió la demanda de tutela.

ROBERTO FELIPE MUÑOZ ORTIZ24 de enero de 2025

La competencia para conocer de la acción de tutela impetrada en contra de la Agencia Nacional de Infraestructura -ANI-, radica en cabeza de la Sala Civil de este Tribunal, al tenerse que vincular, entre otros, al Juzgado Civil del Circuito de Cali, por ser el Despacho Judicial ante el cual se adelantó el proceso de expropiación y definición de la titularidad del inmueble que se cuestiona, de ahí que la Sala Laboral haya resuelto decretar la nulidad de lo actuado, a partir, inclusive, del Auto a través del cual el Juez Laboral de Conocimiento admitió la demanda de tutela.

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